Consumidores y usuarios

Dentro de este apartado englobamos el conjunto de las operaciones que las personas físicas conciertan con empresas, ya sean entidades de crédito, compañías telefónicas o cualquier otra sociedad.

 

Los consumidores gozan de una especial protección legal por la posición de inferioridad que suelen ostentar al negociar con empresas, que disponen de información más precisa y detallada que aquéllos.

En numerosas ocasiones los consumidores suscriben cláusulas que resultan absolutamente perjudiciales y sobre las que no suelen obtener suficiente información. Por poner un par de ejemplos, señalamos las cláusulas de imposición de gastos al prestatario (por las que automáticamente se impone al particular el pago de todos los gastos derivados de la firma del préstamo) o los contratos de permanencia (suponen la obligación de mantener la suscripción a un determinado servicio durante un plazo determinado).

En cualquier caso, y en relación a las entidades financieras, la ausencia de suficiente información a la hora de contratar productos bancarios complejos es el denominador común de las sentencias que están estimando las demandas presentadas por los consumidores en los tribunales. Así está ocurriendo con la declaración de nulidad de las cláusulas de imposición de gastos al prestatario, adquisición de participaciones preferentes, swaps o, entre otras, obligaciones subordinadas. Lo cierto es que muchos consumidores adquirieron estos complejos productos financieros o consintieron la introducción de cláusulas por las que se le imponían el pago de unos gastos que a ellos no correspondían, simplemente por desconocimiento.

Pero las entidades financieras no son las únicas que acostumbran a suscribir contratos de dudosa moralidad. Lo mismo ocurre con otras empresas, destacando especialmente las telefónicas y de energía.

En muchas ocasiones nos vemos acosados por empresas telefónicas que nos reclaman una deuda en realidad inexistente, resultando imposible  que atiendan nuestras manifestaciones, llegando incluso a incluir al consumidor en ficheros de morosos, cuando nada se debe,  atentando directamente contra el derecho al honor. En estas situaciones es preciso contar con una defensa adecuada de nuestros intereses y derechos, que ponga fin a tan injustas situaciones, obteniendo la indemnización que corresponde a tales perjuicios.

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